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Coronavirus - Decretos Sta Fe
A partir de las cero (0) hora del día 12 de setiembre de 2020 y por el término de catorce (14) días corridos, en el ámbito de las ciudades de Santa Fe y Santo Tomé del Departamento La Capital, quedan suspendidas actividades oportunamente habilitadas durante la vigencia del “aislamiento, social, preventivo y obligatorio” y el “distanciamiento social, preventivo y obligatorio”.
Déjase establecido que no resultan alcanzadas por la medida dispuesta por el Artículo 1º inciso a) del Decreto Nº 0944/20 la venta de mercaderías ya elaborada de comercios minoristas de rubros esenciales y no esenciales a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes; y exlúyese de la suspensión dispuesta por el mismo decreto a la actividad notorial.
Dispone que a partir de las cero (0) hora del día 5 de setiembre de 2020 y por el término de catorce (14) días corridos, en el ámbito de la totalidad de las localidades de los Departamentos Rosario, San Lorenzo, Constitución, Caseros y General López, quedan suspendidas las actividades oportunamente habilitadas durante la vigencia del "aislamiento, social, preventivo y obligatorio" y el "distanciamiento social, preventivo y obligatorio".
Adhiere la Provincia de Santa Fe, en cuanto fuere materia de su competencia, a las disposiciones del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 714/20 del Poder Ejecutivo Nacional; por cuyo artículo 2° se establece hasta el día 20 de septiembre de 2020 inclusive, el "distanciamiento social, preventivo y obligatorio".
A partir de las cero (0) horas del día 31 de agosto de 2020 y por el término de catorce (14) días quedarán suspendidas dentro del ámbito de la ciudad de Chabás, Departamento Caseros y con carácter preventivo las actividades de carácter social, recreativo, religioso, deportivo y cultural.
A partir de las cero (0) horas del día 30 de agosto de 2020 y por el término de catorce (14) días quedarán suspendidas dentro del ámbito de la ciudad de Las Rosas, Departamento Belgrano y con carácter preventivo las actividades de carácter social, recreativo, religioso, deportivo y cultural.