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Coronavirus

COVID-19: LA PROVINCIA ANUNCIÓ NUEVAS MEDIDAS PARA CINCO DEPARTAMENTOS, EN EL MARCO DE LA PANDEMIA

La localidades de los departamentos Rosario, San Lorenzo, Constitución, Caseros y General López suspenden las actividades habilitadas durante el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y el “distanciamiento social, preventivo y obligatorio".

El gobernador Omar Perotti, acompañado del intendente de la ciudad de Rosario, Pablo Javkin; la ministra de Salud de Santa Fe, Sonia Martorano; y el secretario de Salud Pública municipal, Leonardo Caruana, anunciaron este viernes nuevas disposiciones para cinco departamentos del sur de la provincia, en el marco de la pandemia Covid-19

Las mismas establecen que a partir de las 0 horas de este 5 de septiembre, y por 14 días corridos, se suspenden -en todas las localidades de los departamentos Rosario, San Lorenzo, Constitución, Caseros y General López- las actividades oportunamente habilitadas durante la vigencia del “aislamiento, social, preventivo y obligatorio” y el “distanciamiento social, preventivo y obligatorio”.

De esta manera, en todas las localidades de los mencionados departamentos, queda suspendido el comercio mayorista y minorista de venta de mercaderías de rubros no esenciales, y la apertura de locales gastronómicos (bares, restaurantes, rotiserías, heladerías, y de venta de productos alimenticios), pudiendo estas solo funcionar bajo la modalidad exclusivamente para envíos a domicilio y hasta las 22 horas con el servicio para llevar (take away).

Por otra parte, se suspenden las actividades comerciales de shoppings; el ejercicio de profesiones liberales y los servicios de personal doméstico. Además, no podrán realizase actividades religiosas; obras privadas y actividades administrativas. Tampoco podrán practicarse actividades deportivas y físicas en instalaciones cerradas (clubes o gimnasios) o en espacios públicos al aire libre. Además, queda suspendida la pesca deportiva. 

Asimismo, se suspenden los servicios de peluquería, manicuría, cosmetología, y podología. Los museos, bibliotecas y lugares recreativos deberán permanecer cerrados, así como también las salas de ensayo y la enseñanza de disciplinas artísticas. 

También se suspenden las salidas breves para caminatas de esparcimiento en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico. Durante el período establecido solo se realizarán cumplimentando las reglas generales de conducta y el uso obligatorio de elementos de protección de nariz, boca y mentón; sin exceder el radio de 500 metros del domicilio de residencia, sin utilizar a esos fines los espacios públicos, tales como parques, plazas y paseos o similares, excepto que los mismos se encontraren dentro del radio mencionado. Las mismas no podrán extenderse más allá del horario de las 19:30.

Quedan excluidas de realizar la actividad las personas residentes en las localidades comprendidas cuando sean mayores de 60 años de edad o estén incluidas en los grupos.

Las autoridades municipales y comunales podrán disponer modalidades particulares para el ejercicio de la actividad, relativas a distribución de grupos poblacionales y determinación de horarios para su realización, sin exceder el horario establecido. Además, las autoridades municipales y comunales, en concurrencia con las autoridades provinciales competentes, coordinarán los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar el cumplimiento de las medidas dispuestas en virtud del presente decreto.